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Reformas Fiscales



 

PRINCIPALES CAMBIOS FISCALES 2008

 
 

____Ver Resumen Completo>>_______Ver Diario Oficial>> (Lunes 1° Octubre 2007)


•  IMPUESTO SOBRE LA RENTA

1) Las cantidades en efectivo por concepto de préstamos, por aportaciones para futuros aumentos de capital o aumentos de capital mayores a $ 600,000 , que perciba el contribuyente (Personas Físicas y Morales) se considerarán ingresos acumulables cuando dicho contribuyente no dé aviso a las autoridades fiscales con respecto a dichas cantidades percibidas.

2) Se amplía de 5 a 10 años el plazo para deducir las pérdidas que se generen por la enajenación de acciones en el ejercicio en que se generen o en los diez ejercicios siguientes, dichas pérdidas sólo se podrán deducir contra las ganancias que se generen por los mismos conceptos, es decir, por la enajenación de acciones.

3) Se establece que sólo serán deducibles, los donativos hasta por el equivalente al 7% de la utilidad fiscal obtenida por el contribuyente en el ejercicio inmediato anterior .

4)  Estarán sujetas al pago del ISR las ganancias por enajenaciones de acciones que coticen en la Bolsa Mexicana de Valores (BMV), cuando sean enajenadas por una persona o grupo de personas, ya sea en forma directa o indirecta, en un periodo de 24 meses y representen 10% o más de las acciones de una emisora que cotice en la BMV.

5) IETU no deducible
El Impuesto Empresarial de Tasa Única (IETU) y el Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE) se considerarán como no deducibles.

6)  Obligación para la SHCP
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) evaluara a más tardar el 30 de junio del año 2011 un diagnóstico sobre la conveniencia de derogar los capítulos relativos a Personas Morales y Personas físicas con ingresos por actividades empresariales y/o profesionales y por el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes de la LISR, ello con la finalidad de analizar que se quede como un impuesto único el IETU.

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